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miércoles, 14 de septiembre de 2011

Ley de Transparencia del Diezmo

Los diezmos deben ser recaudados y manejados por una Fiducia



Aspecto clave 1 de la Ley de transparencia del diezmo


Sin falta a la transparencia del uso de los recursos recolectados, no deberá existir temor alguno por las Iglesias cristianas y en general de las comunidades o personas que a través de la palabra de fe, realicen captación de dinero o reciban donaciones, hay una línea muy delgada con la "recaudación fraudulenta de dinero " y " fraude y lavado". Delitos tipificados en la ley.

Aspecto clave 2 de la Ley de Transparencia del Diezmo

La Ley debe incluir aspectos para regular el "lavado y programación de masas e individuos" utilizando "incautos y creyentes" con el objeto de captar: donaciones y diezmos, o cualquier tipo de aporte sea o no económico, utilizando las herramientas tal como la Programación Neuro - Lingüística (PNL), de Neuro-Marqueting y de todas aquellas herramientas que mediante mensajes subliminales y conscientes dominen la voluntad de las personas.
Principio: Garantizar que los mensajes, sean auditivos, visuales o de cualquier forma, NO induzcan a una personas o colectividades a hacer donaciones de cualquier tipo de manera inconsciente o consciente. Asegurando que los mensajes transmitidos no manipulen el deseo o sean ordenes sin que el "incauto" se dé apenas cuenta.

De esta forma cualquier medio de difusión, escrita, oral, radial, televisiva o medios electrónicos, deberá garantizar el cumplimiento de estos principios.

¿Qué es el diezmo?

El sentido de reunir dinero en la iglesia es básicamente para cubrir necesidades de la hermandad, así comenzaron las primeras colectas u ofrendas solidarias en la iglesia primitiva 

¿Para qué se junta tanto dinero? ¿Es obligación del creyente  ofrendar o diezmar? ¿Puede el creyente pedir cuenta por los dineros que se reúnen? ¿Para que se junta tanto dinero? ¿Es obligación del creyente  ofrendar o diezmar? ¿Puede el creyente pedir cuenta por los dineros que se reúnen?
Hechos 4:34  Que ningún necesitado había entre ellos; porque todos los que poseían heredades o casas, vendiéndolas, traían el precio de lo vendido,
Hechos 4:35  y lo ponían a los pies de los apóstoles; y era repartido a     cada uno de acuerdo a su necesidad.
Mal 3:10  "Traigan todo el diezmo al alfolí, para que haya alimento en Mi casa; y pónganme ahora a prueba en esto;" dice el SEÑOR de los ejércitos "si no les abro las ventanas de los cielos, y derramo para ustedes bendición hasta que sobreabunde.
Mateo 21.13 Y les dijo: "Dios dice en la Biblia: "Este templo es mi casa y aquí se viene a orar". Pero ustedes lo han convertido en cueva de ladrones".
Métodos de recolección de dinero
Las comunidades cristianas, básicamente lo justifican aduciendo que es un mandato de Dios y se fundamentan en pasajes del antiguo testamento como Levítico 27.30-32 / Num.18.26 / Deut.14.23-28 / Deut.26.12

Que es la fiducia

La fiducia mercantil es un negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante o fideicomitente transfiere uno o más bienes especificados a otra llamado fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos, para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o un tercero llamado beneficiario o fideicomisario.

El vocablo fiducia significa fe, confianza. La fiducia es un mecanismo esencialmente elástico, flexible, pues permite realizar todas las finalidades lícitas que las necesidades o la imaginación de los clientes determinen.

Mediante la fiducia, una persona natural o jurídica, llamada fideicomitente o constituyente, entrega a una sociedad fiduciaria uno o más bienes concretos, despojándose o no de la propiedad de los mismos, con objeto de que dicha fiduciaria actúe en provecho del mismo fideicomitente o de quien éste determine, este último se llama beneficiario.

CARACTERÍSTICAS

1. La confianzaEs, desde sus orígenes, la principal característica de la fiducia. Se trata de una confianza de doble vía del cliente hacia la fiduciaria y de ésta hacia su cliente. Es por esta razón por la que se afirma que los negocios fiduciarios son intuito persona, es decir, en consideración a la persona, basados en el conocimiento del cliente y de la fiduciaria.
2. Una finalidad para cumplirLos negocios fiduciarios se celebran en la medida en la cual haya una finalidad para cumplir. La transferencia de los bienes, cuando la hay, sólo busca el cumplimiento de una finalidad.
3. Un gestor profesionalLa sociedad fiduciaria gestiona y cumple en forma profesional los encargos que le encomiendan sus clientes, en la forma en que éstos o la ley le señalen.
4. Una separación absoluta de bienesLa fiduciaria debe mantener una separación total entre su propio patrimonio y los bienes que le entregan los clientes, así como también entre los de estos últimos de manera que no se confundan entre sí.
5. La formación de un patrimonio autónomoEsta característica sólo se presenta cuando la fiducia se hace a través de un contrato de fiducia mercantil. El patrimonio autónomo es como una especie de bolsa (que contiene los bienes entregados por un solo cliente). El patrimonio autónomo es administrado por la sociedad fiduciaria, sin que ello implique que ésta pase a ser su dueña absoluta.

Autor: Luis Munévar

viernes, 9 de septiembre de 2011

Fase I de TransMilenio construida en la administración de Enrique Peñalosa está quebrada


Las fallas estructurales de la primera fase 
del sistema de transporte masivo de Bogotá 
le costarán a la ciudad 250.000 millones de pesos,
debido a la administración 
del ex-alcalde Enrique Peñalosa.






jueves, 8 de septiembre de 2011

Enrique Peñalosa NO declaró ante Procuraduría en caso Samuel Moreno: Carrusel de la contratación


Judicial |29 Ago 2011 - 11:04 am


Carrusel de la contratación

Enrique Peñalosa de nuevo va por la Alcaldía


Este lunes declaró ante la Procuraduría el exalcalde Enrique Peñalosa, dentro de la investigación disciplinaria que se adelanta contra el suspendido burgomaestre Samuel Moreno Rojas por las irregularidades halladas en el proceso de contratación de la capital. 
Peñalosa señaló que el Alcalde Mayor no tine ninguna injerencia en los procesos de contratación del Distrito y que por el contrario la responsabilidad recae sobre el IDU.
La Procuraduría advirtió que este será el último llamado a declarar al exmandatario ya que el pasado viernes no asistió a la diligencia a la que fue citado junto con Antanas Mockus, Luis Eduardo Garzón y Paul Bromberg.
El ministerio público espera que con el testimonio de Peñalosa y los otros tres exalcaldes, se pueda aclarar la manera cómo se realizaron los contratos viales en Bogotá.
El ministerio Público confrontará dichos testimonios con los de Moreno Rojas, quien ha manifestado que no puede ser investigado ya que la ley lo exime de tener algún tipo de responsabilidad frente a la contratación pues existe un régimen especial para Bogotá,que deja la contratación en manos del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).
El escándalo del llamado carrusel de la contratación estalló con el desplome del llamado Grupo Nule, conglomerado de ingeniería de los primos Guido, Manuel y Miguel, y se amplió con las denuncias de conformación de un supuesto "cártel" con otros empresarios y el pago de comisiones por adjudicación de contratos.

Fuente: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo-295231-enrique-penalosa-declaro-procuraduria-caso-samuel-moreno